109032


Eduardo Salazar Márquez
Verificador, Recaudador, Notificador y Ejecutor
Tesorería Municipal / Subdirección de Ingresos / Catastro
Dependencia / Subdirección de Ingresos:
De conformidad con las facultades contenidas en los artículos 1, 14, 16, 17 y 115 y demás aplicables de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 3, 4, 8, 112, 113, 122, 123, 124, 137, 142 y demás aplicables de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; artículos 1, 2, 9, 167, 168, 171 fracciones VII y XIX, 172, 178, 184, 328, 329, 330 y demás aplicables del Código Financiero del Estado de México; artículos 1, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 12, 13, 14, 15, 19, del 24 al 31, y del 106 al 112 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México; artículos 1, 2, 3, 5, 31, 49, 86, 87 fracción II, 90, 93 y 95 de la Ley Orgánica Municipal; artículos 47 y 48 del Bando Municipal de Ecatepec de Morelos; artículos 134, 135, 136, 137, 145, 151, 152, 153, 156, 159, 164, 165, 166 y 167 del Código Fiscal de la Federación; así como el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y el Gobierno del Estado de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de agosto de 2015 y en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 5 de agosto de 2015; y con fundamento en los artículos 14 fracción II y 20 del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Ecatepec de Morelos.
El suscrito, en mi carácter de titular de la Tesorería Municipal de este H. Ayuntamiento de Ecatepec de Morelos, Estado de México, habilito al servidor público cuya fotografía aparece en el anverso de este gafete como Inspector, Recaudador, Notificador, Ejecutor adscrito a esta dependencia, para efecto de que lleve a cabo diligencias de notificación, actúe como ejecutor en materia local y federal, practique verificaciones, visitas domiciliarias, embargo de bienes, sustracción de bienes embargados, nombramiento de depositarios, así como cualquier otro acto comprendido dentro de los procedimientos establecidos en la legislación aplicable para hacer exigibles créditos fiscales.
“EL MAL USO DE ESTE GAFETE ES RESPONSABILIDAD DE SU PORTADOR”
